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Item 000038 - Decreto Supremo Nº 942
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Reference code
CL MMDH 00000100-000006-000038
Title
Decreto Supremo Nº 942
Date(s)
Level of description
Item
Extent and medium
4 h Mecanografiada
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Nombre del creador
Pinochet Ugarte, Augusto José Ramón. General de Ejército. Presidente de la República (1915-2006)
Biographical history
Augusto José Ramón Pinochet Ugarte (Valparaíso, 25 de noviembre de 1915 – Santiago de Chile, 10 de diciembre de 2006) militar chileno, quien asumió el cargo el 11 de septiembre de 1973 cuando participó en un golpe de Estado que derrocó al gobierno de Salvador Allende. Desde ese momento, Pinochet asumió el gobierno del país, primero bajo el cargo de presidente de la Junta Militar de Gobierno, y luego como Jefe Supremo de la Nación el 27 de junio de 1974, que le confería el poder ejecutivo. A partir de ese momento, Pinochet llamó al general Manuel Contreras para que organizara la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), organismo represivo del Estado que violará sistemáticamente los Derechos Humanos durante su existencia
La Dictadura impuesta por Pinochet se caracterizó por implementar una política de terror en donde las detenciones eran el pan diario y las redadas a poblaciones populares concluían en masivos allanamientos, fusilamientos in situ, detenciones y enfrentamientos armados. Las fuerzas armadas como el ejército actuaban en los allanamientos de gran envergadura.
Su gobierno terminaría tras la derrota en el Plebiscito Nacional de 1988.
La dictadura de Pinochet ha sido ampliamente condenada tanto en Chile como en el resto del mundo debido a las graves y sistemáticas violaciones a los derechos humanos cometidas en el período denominado eufemísticamente como Régimen Militar, por lo que Pinochet debió enfrentar diversos juicios hasta la fecha de su muerte.
Nombre del creador
Jarpa Reyes, Sergio Onofre (1921- )
Biographical history
Agricultor y empresario, apoyó el régimen dictatorial de Augusto Pinochet. Fundador del Partido de derecha Renovación Nacional.
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Donación
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Decreto Supremo Nº 942
Visto : A) Que el Nº 3 del Artículo 40 de la Constitución Política de la República de Chile, prevé la Declaración del Estado de Emergencia, cuando exista peligro interno para la Seguridad Nacional.
B) Lo establecido en la letra A Nº 1 de la disposición transitoria decimoquinta de la misma carta fundamental…
Considerando: La necesidad que existe de prever la sustitución de un jefe de Zona en Estado de Sitio, cuando circunstancias de fuerza mayor impidan al titular desempeñar tal cargo, por enfermedad o ausencia de su área jurisdiccional.
Decreto
Declárese zonas de Estado de Emergencia a partir del 20 de septiembre de 1984, las Regiones, Provincias y Comunas del País que se indican por un lapso de 90 días y desígnese jefe titular y suplente de ellas a los siguientes Oficiales de las Fuerzas Armadas, con las facultades determinadas en los artículos 33 y 34 de la Ley 12.927.
I Región
Titular: Brigadier General Jorge Alejandro Dowling Santa María (Rut: 2. 610.420-3)
Suplente: Brigadier General Cesar Manríquez Bravo (Rut: 2.151.873-5)
II Región
Titular: Brigadier General Alfredo Orlando Calderón Campusano (Rut: 2.790.492-0)
Suplente: Brigadier General Carlos Guillermo Meirelles Muller (Rut: 3.259.933-8)
Tómese razón, anótese y comuníquese.
Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República.
Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior.
Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante. Ministro de Defensa
Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.
Visto : A) Que el Nº 3 del Artículo 40 de la Constitución Política de la República de Chile, prevé la Declaración del Estado de Emergencia, cuando exista peligro interno para la Seguridad Nacional.
B) Lo establecido en la letra A Nº 1 de la disposición transitoria decimoquinta de la misma carta fundamental…
Considerando: La necesidad que existe de prever la sustitución de un jefe de Zona en Estado de Sitio, cuando circunstancias de fuerza mayor impidan al titular desempeñar tal cargo, por enfermedad o ausencia de su área jurisdiccional.
Decreto
Declárese zonas de Estado de Emergencia a partir del 20 de septiembre de 1984, las Regiones, Provincias y Comunas del País que se indican por un lapso de 90 días y desígnese jefe titular y suplente de ellas a los siguientes Oficiales de las Fuerzas Armadas, con las facultades determinadas en los artículos 33 y 34 de la Ley 12.927.
I Región
Titular: Brigadier General Jorge Alejandro Dowling Santa María (Rut: 2. 610.420-3)
Suplente: Brigadier General Cesar Manríquez Bravo (Rut: 2.151.873-5)
II Región
Titular: Brigadier General Alfredo Orlando Calderón Campusano (Rut: 2.790.492-0)
Suplente: Brigadier General Carlos Guillermo Meirelles Muller (Rut: 3.259.933-8)
Tómese razón, anótese y comuníquese.
Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República.
Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior.
Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante. Ministro de Defensa
Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.
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